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💼 Regímenes de IVA y Configuración Fiscal

El régimen de IVA determina cómo se aplican los impuestos en las operaciones comerciales. HolaGest soporta los regímenes fiscales más comunes en España, permitiéndole gestionar correctamente las obligaciones tributarias de su empresa, clientes y proveedores.

🎯 Regímenes de IVA Disponibles

HolaGest implementa los tres regímenes de IVA más utilizados en España:

Régimen General

Descripción:

El régimen general es el sistema tributario estándar que se aplica por defecto a la mayoría de empresas y autónomos.

Características:

  • Aplicación: Se aplica cuando no corresponde ningún régimen especial
  • IVA repercutido: Cobra IVA a sus clientes en las ventas
  • IVA soportado: Paga IVA a sus proveedores en las compras
  • Liquidación: Presenta declaraciones periódicas de IVA (trimestrales o mensuales)
  • Deducción: Puede deducir el IVA soportado del IVA repercutido

Tipos de IVA en régimen general:

  • 21%: Tipo general (mayoría de productos y servicios)
  • 10%: Tipo reducido (alimentación, transporte, hostelería, etc.)
  • 4%: Tipo superreducido (alimentos básicos, libros, medicamentos, etc.)

¿Quién debe usar régimen general?

  • Mayoría de empresas y autónomos
  • Prestadores de servicios profesionales
  • Fabricantes y mayoristas
  • Cualquier actividad no incluida en regímenes especiales

Ejemplo de factura en régimen general:

Base imponible: 100,00 €
IVA 21%:         21,00 €
------------------------
TOTAL:          121,00 €

Recargo de Equivalencia

Descripción:

El recargo de equivalencia es un régimen especial obligatorio para comerciantes minoristas que venden directamente al consumidor final.

Características:

  • Aplicación: Obligatorio para comerciantes minoristas (no opcional)
  • IVA en compras: Pagan IVA normal + recargo de equivalencia a proveedores
  • IVA en ventas: Cobran IVA normal a clientes (sin recargo)
  • Liquidación: No presentan declaraciones de IVA (Hacienda lo recauda en origen)
  • Simplificación: Menos carga administrativa

Tipos de recargo de equivalencia:

  • 5,2%: Recargo sobre tipo general (21% IVA + 5,2% RE = 26,2% total)
  • 1,4%: Recargo sobre tipo reducido (10% IVA + 1,4% RE = 11,4% total)
  • 0,5%: Recargo sobre tipo superreducido (4% IVA + 0,5% RE = 4,5% total)

¿Quién debe usar recargo de equivalencia?

  • Tiendas de ropa y calzado
  • Comercios de alimentación (no hostelería)
  • Tiendas de electrodomésticos
  • Joyerías y relojerías
  • Librerías y papelerías (venta al público)
  • Ferreterías y droguerías

¿Quién NO debe usar recargo de equivalencia?

  • Prestadores de servicios (peluquerías, talleres, etc.)
  • Hostelería y restauración
  • Fabricantes y artesanos
  • Mayoristas
  • Profesionales liberales

Ejemplo de factura de compra con recargo de equivalencia:

Base imponible:  100,00 €
IVA 21%:          21,00 €
Rec. Equiv. 5,2%:  5,20 €
-------------------------
TOTAL:           126,20 €

Ejemplo de factura de venta (comerciante con RE):

Base imponible: 150,00 €
IVA 21%:         31,50 €
------------------------
TOTAL:          181,50 €
(No se cobra recargo al cliente)

Ventaja:

  • No necesita presentar declaraciones de IVA
  • Simplificación administrativa
  • Hacienda recauda el impuesto directamente del proveedor

Desventaja:

  • Paga más en las compras (IVA + recargo)
  • No puede deducir IVA
  • Menor margen comercial

Exento de IVA

Descripción:

Régimen para actividades que están exentas de aplicar IVA por disposición legal.

Características:

  • Aplicación: Solo para actividades específicamente exentas por ley
  • IVA en ventas: No cobra IVA a los clientes
  • IVA en compras: Paga IVA normal a proveedores
  • Deducción: Generalmente no puede deducir el IVA soportado
  • Declaración: Debe presentar declaraciones informativas

Actividades exentas más comunes:

Educación:

  • Enseñanza reglada
  • Academias y centros de formación (con requisitos)
  • Clases particulares (con requisitos)

Sanidad:

  • Servicios médicos y sanitarios
  • Hospitales y clínicas
  • Servicios de asistencia social

Servicios financieros:

  • Operaciones bancarias
  • Seguros
  • Gestión de fondos de inversión

Servicios sociales:

  • Asistencia a personas dependientes
  • Servicios de ayuda a domicilio
  • Centros de día

Alquileres:

  • Arrendamiento de viviendas (no locales comerciales)

Otros:

  • Loterías y apuestas
  • Servicios postales públicos
  • Determinadas operaciones culturales

Ejemplo de factura exenta:

Base imponible: 100,00 €
IVA: Exento
------------------------
TOTAL:          100,00 €

Operación exenta de IVA según Art. XX Ley IVA

¿Quién debe usar régimen exento?

Solo si su actividad está específicamente exenta por ley. Consulte con su asesor fiscal.

⚙️ Configurar Régimen de IVA

Régimen de IVA del Cliente

El régimen de IVA del cliente determina cómo se calculan los impuestos en las facturas que le emite.

Acceso:

  1. Navegue a: Menú Ventas → Clientes
  2. Haga clic en el cliente que desea configurar
  3. Localice el campo "Régimen de impuestos" o "Régimen de IVA"
  4. Seleccione el régimen apropiado
  5. Haga clic en "Guardar"

Efectos según el régimen:

Cliente en régimen general:

  • Facturas con IVA normal (21%, 10% o 4%)
  • Sin recargo de equivalencia
  • Factura estándar

Cliente con recargo de equivalencia:

  • Facturas con IVA normal + recargo de equivalencia en cada línea
  • El recargo se calcula automáticamente según el tipo de IVA
  • Ejemplo: Producto con IVA 21% → Se añade RE 5,2%

Cliente exento:

  • Facturas sin IVA
  • Sin recargo de equivalencia
  • Debe indicarse el motivo de exención

Cuándo configurar:

  • Al crear un nuevo cliente
  • Cuando un cliente cambia de régimen fiscal
  • Al detectar que las facturas no son correctas

Verificación:

Después de configurar, cree una factura de prueba para verificar que el IVA y recargo se calculan correctamente.

Régimen de IVA del Proveedor

El régimen del proveedor determina cómo se registran las facturas de compra.

Acceso:

  1. Navegue a: Menú Compras → Proveedores
  2. Haga clic en el proveedor que desea configurar
  3. Localice el campo "Régimen de impuestos"
  4. Seleccione el régimen apropiado
  5. Haga clic en "Guardar"

Efectos según el régimen:

Proveedor en régimen general:

  • Facturas de compra con IVA normal
  • Sin recargo de equivalencia
  • Puede deducir el IVA (si usted está en régimen general)

Proveedor con recargo de equivalencia:

  • Poco común (los comerciantes con RE no suelen ser proveedores)
  • Si ocurre, registre la factura tal como viene

Proveedor exento:

  • Facturas sin IVA
  • No hay IVA que deducir
  • Ejemplo: Servicios médicos, educativos, etc.

Caso especial: Usted tiene recargo de equivalencia

Si su empresa está en recargo de equivalencia:

  • Configure sus proveedores en régimen general
  • Al registrar facturas de compra, añada manualmente el recargo
  • El sistema calculará: IVA + Recargo de equivalencia

Régimen de IVA de su Empresa

El régimen de su propia empresa es la configuración más importante.

Acceso:

  1. Navegue a: Menú Administrador → Empresas
  2. Haga clic en su empresa
  3. Localice el campo "Régimen de impuestos"
  4. Seleccione su régimen fiscal
  5. Haga clic en "Guardar"

Efectos según el régimen:

Su empresa en régimen general:

  • Emite facturas con IVA normal
  • Puede deducir IVA de compras
  • Presenta declaraciones periódicas de IVA
  • Régimen más común

Su empresa con recargo de equivalencia:

  • Emite facturas con IVA normal (sin recargo a clientes)
  • Paga IVA + recargo en compras
  • No presenta declaraciones de IVA
  • Solo si es comerciante minorista

Su empresa exenta:

  • Emite facturas sin IVA
  • No puede deducir IVA de compras
  • Presenta declaraciones informativas
  • Solo si su actividad está exenta por ley

Importancia:

Esta configuración afecta a:

  • Todas las facturas que emite
  • Cálculos de impuestos
  • Informes fiscales
  • Declaraciones de IVA

⚠️ Importante: Consulte con su asesor fiscal antes de cambiar el régimen de su empresa. Un cambio incorrecto puede causar problemas fiscales graves.

📋 Casos Prácticos

Caso 1: Empresa de Servicios (Régimen General)

Situación:

  • Empresa de consultoría
  • Presta servicios profesionales
  • Clientes empresas y autónomos

Configuración:

  • Su empresa: Régimen general
  • Sus clientes: Régimen general (mayoría)
  • Sus proveedores: Régimen general

Facturas emitidas:

Servicios de consultoría: 1.000,00 €
IVA 21%:                    210,00 €
-----------------------------------
TOTAL:                    1.210,00 €

Caso 2: Tienda de Ropa (Recargo de Equivalencia)

Situación:

  • Tienda de ropa al por menor
  • Vende directamente a consumidores finales
  • Obligado a recargo de equivalencia

Configuración:

  • Su empresa: Recargo de equivalencia
  • Sus clientes: Consumidores finales (régimen general en el sistema)
  • Sus proveedores: Régimen general (mayoristas de ropa)

Factura de compra a proveedor:

Mercancía:        1.000,00 €
IVA 21%:            210,00 €
Rec. Equiv. 5,2%:    52,00 €
------------------------------
TOTAL:            1.262,00 €

Factura de venta a cliente:

Ropa:             150,00 €
IVA 21%:           31,50 €
--------------------------
TOTAL:            181,50 €
(No se cobra recargo al cliente)

Caso 3: Academia de Formación (Exenta)

Situación:

  • Academia de formación reglada
  • Actividad exenta de IVA
  • Clientes particulares y empresas

Configuración:

  • Su empresa: Exenta
  • Sus clientes: No importa (no cobra IVA)
  • Sus proveedores: Régimen general

Factura emitida:

Curso de formación: 500,00 €
IVA: Exento (Art. 20 Ley IVA)
-----------------------------
TOTAL:              500,00 €

Factura de compra:

Material didáctico: 100,00 €
IVA 21%:             21,00 €
----------------------------
TOTAL:              121,00 €
(No puede deducir este IVA)

Caso 4: Empresa Mixta

Situación:

  • Empresa en régimen general
  • Algunos clientes con recargo de equivalencia
  • Algunos clientes exentos

Configuración:

  • Su empresa: Régimen general
  • Cliente A (empresa): Régimen general
  • Cliente B (tienda): Recargo de equivalencia
  • Cliente C (hospital): Exento

Factura a Cliente A:

Producto:   100,00 €
IVA 21%:     21,00 €
---------------------
TOTAL:      121,00 €

Factura a Cliente B (con RE):

Producto:        100,00 €
IVA 21%:          21,00 €
Rec. Equiv. 5,2%:  5,20 €
--------------------------
TOTAL:           126,20 €

Factura a Cliente C (exento):

Producto:   100,00 €
IVA: Exento
---------------------
TOTAL:      100,00 €

⚠️ Errores Comunes

Error 1: Aplicar Recargo a Todos los Clientes

Problema: Configurar su empresa con recargo de equivalencia cuando no corresponde.

Consecuencia: Cobra recargo a todos los clientes (incorrecto).

Solución: El recargo solo se aplica en sus compras, no en sus ventas. Configure correctamente el régimen de su empresa.

Error 2: No Configurar Clientes con Recargo

Problema: Cliente tiene recargo de equivalencia pero no está configurado en el sistema.

Consecuencia: Facturas sin recargo cuando debería llevarlo.

Solución: Configure el régimen del cliente correctamente.

Error 3: Confundir Exento con Sin IVA

Problema: Usar régimen exento para operaciones intracomunitarias o exportaciones.

Consecuencia: Documentación fiscal incorrecta.

Solución: Las exportaciones e intracomunitarias son "no sujetas" o "exentas" pero requieren tratamiento específico. Consulte con su asesor.

Error 4: Cambiar Régimen sin Asesoramiento

Problema: Cambiar el régimen de la empresa sin consultar con asesor fiscal.

Consecuencia: Problemas fiscales, declaraciones incorrectas, sanciones.

Solución: Siempre consulte con su asesor antes de cambiar configuraciones fiscales.

❓ Preguntas Frecuentes

P: ¿Puedo tener clientes con diferentes regímenes? R: Sí, cada cliente puede tener su propio régimen configurado.

P: ¿El recargo de equivalencia es opcional? R: No, es obligatorio para comerciantes minoristas que cumplan los requisitos legales.

P: ¿Puedo cambiar el régimen de un cliente después de emitir facturas? R: Sí, pero solo afectará a facturas futuras. Las anteriores mantienen el régimen con el que se emitieron.

P: ¿Cómo sé si mi actividad está exenta? R: Consulte con su asesor fiscal. La exención debe estar específicamente contemplada en la Ley del IVA.

P: ¿Qué pasa si me equivoco de régimen en una factura? R: Debe emitir una factura rectificativa con el régimen correcto.

P: ¿El régimen afecta a los informes fiscales? R: Sí, los informes y declaraciones de IVA se generan según los regímenes configurados.

P: ¿Puedo tener una empresa con varios regímenes? R: No, cada empresa tiene un único régimen fiscal. Si tiene actividades diferentes, consulte con su asesor sobre regímenes especiales.


Recuerde: La configuración correcta del régimen de IVA es fundamental para el cumplimiento fiscal. Ante cualquier duda, consulte siempre con su asesor fiscal o gestor.

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